viernes, 14 de mayo de 2010

RADIACIONES IONIZANTES


Las radiaciones ionizantes por su origen y alto poder energético tiene la capacidad de penetrar la materia y arrancar los átomos que la constituyen- provocar una ionización. En los cambios que se producen en las células después de la interacción con las radiaciones hay que tener en cuenta:

La interacción de la radiación con las células en función de probabilidad (es decir, pueden o no interaccionar) y pueden o no producirse daños.
La interacción de la radiación con una célula no es selectiva: la energía procedente de la radicación ionizante se deposita de forma aleatoria en la célula.
Los cambios visibles producidos no son específicos, no se pueden distinguir de los daños producidos por otros agresivos- agentes físicos o contaminantes químicos.
Los cambios biológicos se producen sólo cuando ha transcurrido un determinado período de tiempo que depende de la dosis inicial y que puede variar desde unos minutos hasta semanas o años.

Auque como se dijo anteriormente la respuesta a la radicación varía con el tiempo y con la dosis los principales efectos que provocan son:

-Alteraciones en el sistema hematopoyético: pérdida de leucocitos, disminución o falta de resistencia ante procesos infecciosos y disminución del número de plaquetas provocando anemia importante y marcada tendencia a las hemorragias.

-Alteraciones en el aparato digestivo: inhibir la proliferación celular y por lo tanto lesionar el revestimiento produciendo una disminución o supresión de secreciones, pérdida elevada de líquidos y electrolitos, especialmente sodio así como puede producir el paso de bacterias del intestino a la sangre.

-Alteraciones en la piel: inflamación, eritema y descamación seca o húmeda de la piel.

-Alteraciones en el sistema reproductivo: puede provocar la esterilidad en el hombre y la mujer. La secuela definitiva va a depender de la dosis y el tiempo de radiación además de la edad de la persona irradiada.

-Alteraciones en los ojos: el cristalino puede ser lesionado o destruido por la acción de la radiación.

-Alteraciones en el sistema cardiovascular: daños funcionales al corazón.

-Alteraciones sistema urinario: alteraciones renales como atrofia y fibrosis renal.

La Comisión Nacional de Energía Atómica es la autoridad competente de la aplicación de la 19.587 en el uso o aplicación de materiales radiactivos, materiales nucleares y aceleradores de partículas. Ninguna puede fabricar, instalar u operar equipos generadores de energía nuclear sin la previa autorización de la Comisión. Esta a su vez establece las reglamentaciones, normas, códigos, recomendaciones y reglas de aplicación necesarias para estos casos.

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